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Sevilla

Urbanismo aprueba inicialmente la reparcelación de los antiguos suelos de Cruzcampo

Declarados desiertos los concursos para patrocinar la iluminación navideña y el entoldado del centro

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El consejo de gobierno de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este miércoles el documento inicial del proyecto de reparcelación del futuro distrito San Pablo- Santa Justa, conocido como la Cruz del Campo, donde antaño funcionaba una planta industrial de la empresa de cervezas Cruzcampo.

   La aprobación del proyecto de reparcelación promovido por la junta de compensación representa un nuevo avance para el desarrollo urbanístico de estos suelos, sobre los que existe un convenio firmado con la propiedad en 2005, al suponer la reestructuración o nueva división de las fincas existentes en la Unidad de Ejecución conforme al Plan Especial de Reforma Interior (PERI) aprobado para el ordenamiento pormenorizado del área, de manera que las parcelas resultantes se adjudiquen a los interesados en proporción a sus derechos.

   Este trámite se produce una vez confirmada la firmeza de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, favorable al Ayuntamiento de Sevilla, frente a un recurso interpuesto por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente contra la aprobación definitiva, en septiembre de 2012, del Plan Especial de Reforma Interior del ARI-DSP-03 La Cruz del Campo.


LITIGIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y LA JUNTA

   La Administración Autonómica se opuso a dicho Plan Especial, redactado para la ordenación pormenorizada de estos suelos, argumentando que dicho documento alteraba las determinaciones del PGOU por la consideración que hacía del parque urbano de la Cruz del Campo como Sistema Local y no como Sistema General, tal como se establecía en el plano estructural y de ordenación del PGOU. El Alto Tribunal reconoce, no obstante, la capacidad de interpretación que el planeamiento general otorga al municipio, que mantuvo en el PERI la consideración de este espacio como Sistema Local en base a la ficha del Área de Reforma Interior del PGOU, que así lo determinaba. La Sentencia del TSJA justifica la opción adoptada por la Gerencia de Urbanismo, manteniendo al respecto que la misma "no puede considerarse apartada del respeto a los mandatos del PGOU, en virtud de la facultad interpretativa que este mismo otorga al ente local".

   Por otro lado, al respecto de la consideración de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de que el PERI de la Cruz del Campo contraviene las determinaciones del PGOU en cuanto a la previsión de una biblioteca en el espacio libre, el alto Tribunal rechaza que, tal y como arguye la Junta de Andalucía, el Plan Especial tenga que reservar toda la superficie que el PGOU establece para dicho equipamiento (4.550 m2), validando la tesis del Ayuntamiento de Sevilla, que remite la  distribución de los servicios al posterior Proyecto de Urbanización que habrá de ser aprobado.

   En otro orden de cosas, el consejo de gobierno de la Gerencia de Urbanismo ha tomado conocimiento de la ausencia de patrocinadores en la convocatoria celebrada el pasada mes de febrero, para la instalación de la iluminación ornamental de calles y plazas públicas de la ciudad durante el próximo periodo navideño.

   Igualmente, ha quedado desierto el concurso de patrocinio convocado para el próximo entoldadado de las calles comerciales y peatonales del Centro Histórico de la ciudad. Al margen de esta circunstancia, la Gerencia de Urbanismo ha aprobado recientemente iniciar los trámites para contratar los trabajos de montaje y desmontaje de los toldos, medida que ha sido ratificada por el consejo en esta sesión.

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