La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado la solicitud de la alcaldesa de Bormujos, Ana Hermoso (PP), para que se aportara un listado de las llamadas realizadas y recibidas desde su teléfono móvil a fin de demostrar que mantenía una relación sentimental con el empresario Jesús Calvo Soria y que el regalo del bolso de 'Loewe' obedecería a la misma y no sería un regalo a cambio de votar a favor de la moción de censura consumada en 2005 para expulsar al PSOE de la Alcaldía y devolver el poder al independiente Baldomero Gaviño.
En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que rechaza la prueba solicitada por la defensa de la imputada para que se oficiara a la compañía telefónica con el fin de que aportara un listado con las llamadas salientes y entrantes del móvil de la alcaldesa tanto en la fecha de la moción como en fechas anteriores.
La defensa de la imputada había solicitado dicha prueba a fin de demostrar que, en esas fechas, desde el teléfono móvil de la alcaldesa se realizaron y también se recibieron llamadas del empresario Jesús Calvo Soria, lo que avalaría su tesis de que entre ambos existía una relación sentimental y que el regalo del bolso se debía a la misma y no sería un pago por votar a favor de la moción de censura, han indicado las fuentes consultadas por Europa Press.
Hay que recordar que la Audiencia Provincial confirmó la decisión del juez de Instrucción número 2, Carlos Mahón, de continuar el procedimiento por los trámites de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado contra la alcaldesa de Bormujos, que no repetirá como candidata en las próximas elecciones municipales y que recurrió el auto dictado por el instructor el día 30 de junio de 2014 al entender que "debe de hacerse expresa mención a que, a la fecha en la que Jesús Calvo le regala un bolso, existía entre ambos una relación sentimental".
"VEROSIMILITUD" DE LA IMPUTACIÓN
"Por más que refiera en su escrito de impugnación que con el mismo no se intenta 'mutar el convencimiento del magistrado instructor acerca del motivo que guiaba a Jesús Calvo'" cuando le regaló un bolso de Loewe, "en la práctica supondría hacer inviable en este trámite procesal la imputación efectuada por un presunto delito de cohecho obviando los nuevos datos que han permitido la reapertura del procedimiento", asevera la Audiencia.
Frente a lo solicitado, el tribunal sostiene que "se han aportado datos que cubren sobradamente el requisito de verosimilitud de la imputación que requiere" el artículo 24 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado "para acordar la continuación del procedimiento ante el Tribunal del Jurado".
Así, resultan "especialmente significativas" las manifestaciones de la imputada en la reunión grabada que mantuvo con el empresario Eusebio Gaviño, "aunque matizadas en su posterior declaración", y las del propio Eusebio Gaviño cuando aseguró que "cree que el bolso que Jesús Calvo Soria le entregó a Ana era un premio por apoyar la moción de censura".
Por ello, "es preciso confirmar el auto impugnado, sin perjuicio de la valoración que corresponda efectuar de la versión ofrecida en su descargo, sustentada en las declaraciones de otras personas, llegado el momento de decidir sobre la apertura del juicio oral o en el eventual juicio".
"REGALO AMOROSO"
El juez rechazó el archivo de la causa contra Hermoso y acordó continuar el procedimiento después de que, en una comparecencia celebrada el 30 de junio de 2014, tanto la Fiscalía como la acusación popular que ejerce el PSOE imputaran a la primer edil un delito de cohecho, mientras que el abogado que defiende a Hermoso se opuso a la imputación al entender que la acusación "no se sostiene" e insistió en que el bolso no era una "dádiva" sino "un regalo amoroso" que le hizo el empresario Jesús Calvo Soria.
En el auto, el instructor ponía de manifiesto que de todo lo analizado hasta el momento "se deduce de manera palpable que resulta imposible acoger la solicitud de sobreseimiento instada por la defensa", pues "existe material probatorio más que suficiente para considerar que se ha cometido un hecho delictivo y para entender que en el mismo ha tenido participación activa" Ana Hermoso.
Así, analiza el estado del Ayuntamiento de Bormujos hasta 2004 y señala que, en ese momento, se produjeron "varias reuniones en las que se habló de la posibilidad de plantear una moción de censura" contra el entonces alcalde socialista, Juan Antonio Iglesias Moreno, en las cuales "tuvo una participación activa" el empresario Eusebio Gaviño, primo del exprimer edil Baldomero Gaviño que "contactó con el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González, para pedirle ayuda, contactando este último con Jesús Calvo Soria, especialista en la materia".
LOS HECHOS
Seguidamente, y según el instructor, Calvo Soria realizó "una cata para saber cuál era el estado de opinión de la ciudadanía" tras la que, a mediados del mes de diciembre de 2004, se reunió con la entonces concejal del PP, Ana Hermoso, "para plantear los términos en que iba a quedar la situación si triunfaba la moción" contra el socialista Juan Antonio Iglesias.
Según mantiene el juez, en esta reunión, y a fin de "garantizar el voto a favor en la futura moción de censura" --frente a la versión dada por la imputada de que se trataba de un "regalo amoroso"--, Calvo Soria entregó a Ana Hermoso un bolso de mano de la marca 'Loewe', tras lo que el 21 de diciembre de 2004 "se presentó ante notario escrito proponiendo la moción de censura" que fue avalado, entre otros, por la propia imputada.
Tras ello, el 4 de enero de 2005 y "de acuerdo con las directrices marcadas" por Jesús Calvo Soria, "todos los concejales que iban a apoyar la moción de censura se reunieron para cenar y pernoctar en el Hotel Andalusi Park", tras lo que el 5 de enero de 2005 se celebró dicha moción de censura en el Ayuntamiento de Bormujos, pasando a ser nuevo alcalde Baldomero Gaviño.
LA MOCIÓN DE CENSURA
"Como consecuencia de haber triunfado la citada moción, se nombró" a Ana Hermoso primer teniente de alcalde y delegada del Área de Desarrollo Económico y Local, Formación y Empleo del Ayuntamiento y al edil José Sánchez tercer teniente de alcalde y delegado de Servicios Sociales y Educación.
A continuación, el juez analizaba por qué considera probado todo lo anterior y, en relación a la reunión y la entrega del bolso, decía haber tenido en cuenta la declaración prestada por Eusebio Gaviño y el contenido del 'pen drive' aportado por éste a la causa, donde se recoge una conversación con Ana Hermoso en la que la imputada habría admitido el regalo del bolso.