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Sevilla

Patrimonio pide incoar expediente por unas catas sin autorización en la Moneda

La Comisión pide abrir expediente por "incumplimientos" tales como demolición de muros y estructuras protegidas por su valor arquitectónico

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  • Casa de la Moneda. -

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, adscrita a la Delegación Territorial de la Consejería de Cultura, ha propuesto a dicho departamento incoar diligencias informativas respecto a unas catas acometidas en los paramentos verticales exteriores del conjunto de la antigua Casa de la Moneda, correspondiente a los números 3, 5 y 7 de la calle Adolfo Rodríguez Jurado y caracterizado por su notable portada de Sebastián Van der Borcht, porque tales trabajos "no se han llevado acabo con metodología arqueológica ni contando con personal habilitado", según una resolución de la comisión recogida por Europa Press.

Este edificio del conjunto arquitectónico de la antigua Casa de la Moneda, --recinto construido según el diseño de Juan de Minjares a partir de las edificaciones de las Atarazanas de los Caballeros, objeto de diversas reformas en el siglo XVIII y declarado bien de interés cultural (BIC)--, fue sometido hace años a un proyecto de obras destinado a habilitar viviendas en el inmueble, siendo las obras paralizadas a comienzos de 2011, después de que una inspección se saldase con el descubrimiento de que los trabajos habían incluido la demolición de elementos arquitectónicos abarcados por la protección del recinto como bien de interés cultural.

A cuenta de tal extremo, en 2016 el Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla condenó al arquitecto y al promotor de las obras a seis meses de cárcel por un delito contra el patrimonio histórico.

Según aquella sentencia condenatoria, recogida por Europa Press, las obras paralizadas habían supuesto la demolición de "unidades estratigráficas del siglo XVIII correspondientes a la reforma de Sebastián Van der Borcht, del siglo XIX correspondientes a la reforma de José Gómez Otero y un aparejo de los siglos XIX y XX", entre otros aspectos.

"Estando en connivencia ambos acusados (uno de ellos miembro de la familia propietaria del edificio), acordaron incumplir los parámetros de conservación incluidos en el proyecto aprobado, demoliendo muros y estructuras especialmente protegidos por su valor arqueológico e histórico, que en conjunto con otros elementos conferían al edificio su carácter singular y determinaban su especial protección, vulnerando la normativa destinada a protegerlos", señalaba la sentencia condenatoria, según la cual M.M.A. y F.C.F. causaron "daños de imposible reparación que han alterado gravemente el estado original del inmueble".

DIFERENTES RESOLUCIONES RESPECTO AL RECINTO

A partir de ahí, la Comisión de Patrimonio Histórico emitía en julio de 2019 diferentes resoluciones recogidas por Europa Press, aprobando "el reformado y actualización del proyecto básico y de ejecución de adecuación para bar" de uno de los locales de la planta baja de este inmueble e informando favorablemente respecto a la documentación complementaria presentada por la sociedad Patio del Tesorero, para el proyecto de adecuación de un local para un "despacho profesional".

Además, la comisión analizaba en esas mismas fechas el reformado del proyecto básico y de ejecución promovido por la entidad La Moneda Apartamentos para el edificio, solicitando "un proyecto de ejecución que de respuesta" a "consideraciones" como un ajuste de la superficie construida del ático a la autorizada en 2009, pues el documento actual computa casi dos metros más, reconstruyendo la unidad estratigráfica 14 "tal y como se autorizó" inicialmente.

Poco después, la Comisión de Patrimonio avalaba el documento complementario entregado por la empresa promotora, concluyendo que "la documentación presentada da respuesta a las consideraciones realizadas", si bien dicho organismo solicitaba información adicional respecto al tratamiento previsto para la fachada.

CATAS SIN "AUTORIZACIÓN"

Ya en este acuerdo de fecha 11 de noviembre, la Comisión de Patrimonio toma conocimiento del "estudio de paramentos verticales exteriores" acometido en el monumento, dando cuenta de que "dichas intervenciones carecen de autorización previa, entendiendo que se trata de una serie de catas que no se han llevado a cabo con metodología arqueológica ni contando con personal habilitado para su ejercicio".

"Si bien no se han producido daños en los valores patrimoniales del bien, tampoco se arrojan datos significativos ni argumentados", concluye la Comisión, precisando que "analizados los resultados de la intervención arqueológica realizada en el año 2008 se constata que los estudios paramentales realizados se ubicaron en los paramentos interiores, y habiéndose constatado los restos de la cerca islámica, y en base a los anteriores acuerdos de la omisión, se deberá realizar un estudio paramental con metodología arqueológica y personal especializado en los paramentos exteriores".

En paralelo, se propone la "apertura de diligencias informativas por incumplimiento del artículo 33.3 Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía".

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