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Readmiten a un cabo que expulsaron por una condena de alcoholemia

El Ejército tendrá que indemnizarle con casi dos años de remuneración perdida

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Un cabo del Ejército residente en Algeciras, y que responde a las iniciales J.A., tendrá que ser readmitido en el Regimiento de Artillería de Sevilla del que fue expulsado tras recibir un expediente, según informó ayer el abogado defensor del miembro de las Fuerzas Armadas, Fernando Osuna.

Según informó el letrado, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) emitió en los últimos días una resolución favorable al joven, de entre 25 y 30 años, quien prestaba servicio en un grupo de San Roque dependiente de esta unidad sevillana.

J.A. había sido condenado en 2007 a causa de un delito relacionado con la seguridad del tráfico, tras ser pillado por la Guardia Civil mientras conducía su coche con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, comentaron las mismas fuentes.

Pese a producirse este episodio, y llegado el momento, el cabo fue renovado por el Ejército, “considerando su gran valía y aptitudes”, indicó Osuna.

Posteriormente, “en contra de las normas, le abrió un expediente para quedar fuera de las fuerzas armadas, el cual ha quedado sin efecto por la sentencia del TSJA que acaba de salir”, manifestó el abogado.

Al Cabo se le concedió un compromiso de larga duración, que, en voces de la Ley 8/2.006, de 24 de abril de Tropa y Marinería, permite al Militar de Tropa permanecer en las Fuerzas Armadas hasta que cumpla los 45 años de edad, podrán acceder a la condición de Tropa Permanente hasta la edad de retiro, y, en caso contrario, una vez cumplidos los 18 años de servicios, el derecho a percibir mensualmente una asignación económica. E incluso en caso de su rescisión, tendrán derecho a una prima en función de los años servidos.

Restitución

Además de tener que reincorporar al cabo, el Ejército tendrá que indemnizar al beneficiario de la sentencia judicial con todas las retribuciones atrasadas desde el mes de octubre de 2007, momento en que fue expulsado de las Fuerzas Armadas.

Osuna resaltó otra resolución judicial muy reciente, la Sala V de 23 de octubre de 2.007, que ratifica 28 condenas a un capitán del Ejército por el mismo número de delitos de “abuso de autoridad” a penas que totalizan 17 años, 4 meses y 1 día de prisión militar.

“Bien, pues mediante esta Resolución, de gran trascendencia mediática por tratarse de abusos sexuales a 28 mujeres militares, el oficial cumplirá tres años de condena (triple de la pena más grave) y no será expulsado del Ejército”, se lamentó el abogado sevillano.

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