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Almería

Carboneras recurre la sentencia de El Algarrobico

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha fallado que el Ayuntamiento debe modificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que aprobó en 2009

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  • El Algarrobico -

El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) ha acordado en junta de gobierno local interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia que le obliga a modificar parcialmente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del municipio para calificar los sectores ST-1 o Algarrobico y el anexo ST-2 o Canillar como suelo no urbanizable.

Así lo ha indicado a Europa Press el alcalde, el independiente Salvador Hernández (Gicar), quien ha señalado que los servicios jurídicos municipales están preparando la impugnación para elevarla al Alto Tribunal antes del próximo 1 de agosto, fecha en la que concluye el plazo para recurrir.

En esta línea, Hernández ha señalado que el Ayuntamiento ha decidido hacer "uso del ordenamiento jurídico en defensa de sus intereses". "Igual que hemos recurrido al Supremo la sentencia que no nos dio la razón en contra del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar, lo lógico es que recurramos también esta", ha apostillado.

Cabe recordar que el Ayuntamiento carbonero trasladó, a requerimiento de la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz que le instaba a proceder al cambio de calificación con la "mayor celeridad", un informe de los técnicos municipales en el que se advertía de que la descatalogación como urbanizables de las fincas de El Algarrobico y El Canillar "no sería posible" ya que los propietarios tienen "derechos adquiridos que darían lugar a reclamaciones patrimoniales y a resarcimientos que excederían las capacidades económicas" del Consistorio.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado que el Ayuntamiento debe modificar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que aprobó en agosto de 2009 y cambiar la calificación del sector ST-1 del paraje de El Algarrobico, donde se levanta el hotel de Azata del Sol, a suelo no urbanizable ya que, según remarca, estos terrenos están incluidos en la zona C1 del parque natural de Cabo de Gata-Níjar como "área ambiental protegida".

La sentencia, hecha pública el pasado día 18, obliga al Consistorio a hacer lo propio con el sector ST-2, conocido como El Canillar, donde también estaba previsto desarrollo urbanístico residencial por parte de la promotora del establecimiento de una veintena de plantas y 411 habitaciones.

La resolución del Alto Tribunal andaluz señala que debe revocarse parcialmente el acuerdo del pleno municipal de 11 de agosto de 2009 por el que se aprueba definitivamente el PGOU, "debiéndose proceder a la anulación y archivo definitivo de ambos sectores" en alusión tanto al ST-1 como al ST-2, colindante al Algarrobico y que figura "como espacio protegido no urbanizable en todas las planimetrías" del parque natural.

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