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19/05/2024  
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Almería

Condenan a 5 años de cárcel a un osteópata por abusar de una paciente

El hombre comenzó a masajear las inglés de la víctima y llegó a introducir de “manera sorpresiva” dos de sus dedos en la vagina de la paciente

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  • Juzgados. -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto cinco años de prisión a un osteópata por abusar sexualmente de una paciente que acudió a su consulta.

La sentencia señala que el acusado ejercía como osteópata en un inmueble ubicado en San José (Níjar, Almería), en el que sobre las 19:30 horas del 11 de agosto de 2018 atendió a la víctima, que padecía molestias a causa de una hernia discal.

“La mujer, siguiendo las indicaciones del procesado, se tumbó en la camilla, primero boca abajo con el sujetador desabrochado y a continuación boca arriba, ya sin sujetador, procediendo el acusado a tocarle los pechos de manera libidinosa”, dice el fallo.

A continuación, el hombre comenzó a masajear las inglés de la víctima y llegó a introducir de “manera sorpresiva” dos de sus dedos en la vagina de la paciente.

Según la sentencia, en ese momento le dijo que “tenía el cuello del útero desplazado y que posiblemente sintiera ganas de orinar por lo que le quitó los pantalones y, sin cubrirla con una sábana, la dejó totalmente desnuda en la camilla”.

La mujer, que tenía 28 años cuando sucedieron los hechos, murió dos años más tarde por “causas no determinadas”.

La sentencia resalta en sus fundamento que la víctima “no había sido informada con anterioridad de dicha maniobraba invasiva en su zona genital; supuesto éste en que no puede existir    consentimiento válidamente emitido tanto por la ausencia de información previa como por la innecesariedad a efectos terapéuticos de la palpación vaginal”.

En este sentido, subraya que el acusado “únicamente estaba legitimado por el consentimiento de la mujer para tratarle de las molestias en la espalda derivadas de una hernia discal sin afectación alguna en el área genital”.

Asimismo, incide en que “no existe la más mínima prueba de que la denunciante sufriera un prolapso uterino, como sostiene el procesado, pues, además de haberlo negado la paciente, la cuñada de ésta (…) afirmó en el juicio, al que concurrió como testigo, que padecía una hernia y tenía dolores de espalda, que así se lo indicó al profesional”.

El reconocimiento forense practicado el día de la denuncia tampoco recoge antecedentes por este supuesto prolapso.

De esta forma, O.F.B. ha sido condenado a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual, por el que también se le inhabilita para ejercer como osteópata durante seis años y se le impone la medida de libertad vigilada durante este mismo periodo. Además, tendrá que indemnizar con 6.000 euros a los herederos de la víctima.

O.F.B. ha sido juzgado también por los presuntos abusos a una madre y una hija en un caso similar al de esta condena que aún está pendiente de sentencia.

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